Abogado para Recursos de Extranjería en Córdoba
Si te han denegado un arraigo, regularización, renovación o cualquier autorización de residencia, recurrimos la resolución no favorable. Tienes 1 mes desde la notificación — actuamos rápido para no perder el plazo.
Recursos de Extranjería en una frase.
Una resolución no favorable de la Oficina de Extranjería se puede impugnar mediante recurso de alzada (vía administrativa, plazo 1 mes) o recurso contencioso-administrativo (vía judicial, plazo 2 meses). El plazo es perentorio: si lo dejas pasar, la denegación se vuelve firme. Recurrimos denegaciones de arraigo, regularización extraordinaria, renovaciones, reagrupación, nacionalidad y silencio administrativo. La calidad jurídica del escrito es decisiva: un recurso bien fundamentado tiene altas probabilidades de prosperar.
Antes de empezar,
esto es lo que necesitas.
Lista cerrada
de documentos.
La revisamos contigo en la primera consulta. Si algún papel falta o caduca, te decimos cómo conseguirlo y de qué organismo.
- 01 Resolución denegatoria recibida (carta certificada o notificación electrónica)
- 02 Documentación original que se presentó en el expediente
- 03 Justificante de presentación de la solicitud original
- 04 Tu pasaporte y documentación de identidad
- 05 Cualquier documentación nueva que pueda fortalecer el recurso
- 06 Si es vía contencioso-administrativa: poder notarial para procurador
Cuéntanos tu caso.
Te llamamos hoy.
Si prefieres no escribir por WhatsApp, déjanos tu teléfono. El abogado te llama hoy mismo en horario laboral. Primera consulta gratis y sin compromiso.
- Te llama el abogado, no un comercial
- Si no podemos ayudarte, te lo decimos al momento
- Presupuesto cerrado tras la consulta
De tu primera consulta
a tu Tarjeta de Identidad.
- 01
Análisis gratuito de la resolución
En la primera consulta revisamos detenidamente la resolución denegatoria. Identificamos los motivos exactos, los fundamentos jurídicos citados y valoramos las posibilidades reales de éxito de un recurso. Te decimos honestamente si vale la pena recurrir o si conviene otra estrategia.
- 02
Estrategia: recurso vs nueva solicitud
No siempre la mejor opción es recurrir. Si el motivo es subsanable y discutible, recurrimos. Si no, valoramos otra modalidad de autorización (otro arraigo, regularización 2026 si encajas, etc.) que tenga más probabilidades de éxito sin esperar la resolución del recurso.
- 03
Redacción del recurso de alzada
Redactamos el escrito con argumentación jurídica sólida: hechos, fundamentos de derecho, citas normativas, jurisprudencia aplicable, y en su caso documentación nueva. La calidad técnica es lo que decide en estos recursos.
- 04
Presentación del recurso
Presentamos el escrito en plazo (1 mes) por sede electrónica o registro oficial. Te entregamos copia con sello/justificante. La administración tiene 3 meses para resolver.
- 05
Seguimiento y respuesta a requerimientos
Si la administración pide aclaraciones o documentación adicional durante la tramitación del recurso, respondemos dentro del plazo legal.
- 06
Si el recurso de alzada se desestima: vía contencioso-administrativa
Si la administración mantiene la denegación, podemos llevar el asunto al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Plazo: 2 meses desde la resolución expresa, o 6 meses si silencio. Trabajamos con procurador y abogado especialistas.
Garantía Migraria.
Sin letra pequeña.
- Análisis técnico riguroso de la resolución antes de aceptar el caso
- Honestidad sobre las posibilidades reales — no aceptamos recursos sin base
- 5,0 ★ en Google con 34 reseñas verificadas
- Especialistas exclusivos en derecho de extranjería
- Conocemos los criterios de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba
- Coordinación con procurador para la vía judicial si procede
- Atención en español, francés y árabe
- Primera consulta totalmente gratuita
Dudas que todo el mundo
tiene antes de contratar.
01 Me han denegado el arraigo. ¿Cuánto tiempo tengo para recurrir?
1 mes natural desde la notificación de la resolución. Es un plazo perentorio: si lo dejas pasar, la denegación se vuelve firme y solo puedes presentar una nueva solicitud (sin recuperar las tasas pagadas). Por eso es crítico actuar rápido. Pide consulta urgente.
02 ¿Qué porcentaje de recursos de extranjería se ganan?
Varía mucho según el motivo de la denegación. Recursos bien fundamentados sobre defectos formales subsanables tienen alta tasa de éxito. Recursos sobre interpretación de requisitos discutibles también. Recursos sobre denegaciones por incumplimiento claro de requisitos rara vez prosperan. En la primera consulta valoramos honestamente las posibilidades de tu caso.
03 ¿Qué pasa si recurro y me vuelven a denegar?
Tienes la vía contencioso-administrativa: presentar recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo (plazo 2 meses desde la resolución expresa del recurso de alzada). Es una vía judicial, requiere abogado y procurador. Es más larga y costosa, pero también más efectiva en muchos casos.
04 ¿Puedo recurrir un silencio administrativo (3 meses sin respuesta)?
Sí. Si pasaron 3 meses desde la presentación de tu solicitud sin que la oficina resolviera, el silencio es desestimatorio. Tienes plazo de 6 meses para acudir a la vía contencioso-administrativa. Es una situación frecuente y a veces incluso más viable que esperar la resolución expresa.
05 ¿Cuánto cuesta un recurso de extranjería con abogado en Córdoba?
El recurso de alzada (vía administrativa) tiene un coste asequible — analizamos la resolución gratis y te damos presupuesto cerrado. La vía contencioso-administrativa es más cara (incluye procurador, tasas judiciales y honorarios judiciales). En todo caso, conviene comparar el coste del recurso con el de empezar de cero un nuevo expediente.
Reserva tu primera
consulta gratuita.
Sin compromiso. Te escuchamos, valoramos qué vía te conviene y te damos un presupuesto cerrado antes de empezar.