Glosario · 28 términos

Glosario de extranjería en España

Definiciones claras y actualizadas a 2026 de los términos legales y administrativos más importantes en derecho de extranjería. Pensado para resolver dudas en cualquier expediente: arraigo, regularización, reagrupación, nacionalidad o recursos.

Apostilla de La Haya

Sello oficial que certifica la autenticidad de un documento público emitido en un país firmante del Convenio de La Haya de 1961, dándole validez legal en otro país firmante. En extranjería se exige sobre el certificado de antecedentes penales del país de origen y, según el caso, sobre certificados de nacimiento, matrimonio y similares.

Arraigo

Vía de regularización de la situación administrativa de un extranjero en España, regulada en el Real Decreto 1155/2024 (Reglamento de Extranjería vigente desde el 20 de mayo de 2025). Existen cinco modalidades: social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad. Cada una tiene un requisito clave distinto (permanencia, contrato, vínculo familiar o formación).

Arraigo familiar

Modalidad de arraigo regulada por el RD 1155/2024 que no exige permanencia mínima en España. Se concede por vínculo familiar directo: progenitor de menor español, descendiente de español de origen, o cónyuge/pareja de hecho de residente de larga duración o refugiado.

Arraigo laboral

Modalidad de arraigo regulada por el RD 1155/2024, denominada oficialmente arraigo sociolaboral (arraigo laboral es el término coloquial). Requiere 2 años de permanencia continuada en España y uno o varios contratos de trabajo por cuenta ajena (jornada de al menos 20 horas semanales, duración superior a 90 días y salario igual o superior al SMI o al convenio aplicable). Ya no se exige acreditar la relación laboral previa mediante acta de la Inspección de Trabajo (ITSS).

Arraigo social

Modalidad de arraigo regulada por el RD 1155/2024. Requiere 2 años de permanencia continuada en España, sin antecedentes penales, medios económicos suficientes (al menos el 100% del IPREM) y un informe de integración social (emitido por la comunidad autónoma o el ayuntamiento) o vínculos familiares con residentes legales.

Arraigo socioformativo

Modalidad introducida por el Real Decreto 1155/2024. Requiere 2 años de permanencia y matrícula, admisión o compromiso de inscripción en una formación reconocida (FP, certificado de profesionalidad, formación del catálogo o programa formativo del SEPE). Permite trabajar hasta 30 horas semanales y otorga una autorización de 1 año.

CCSE Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España

Examen obligatorio para obtener la nacionalidad española por residencia (salvo menores de edad o personas con capacidad modificada). Se realiza a través del Instituto Cervantes y consta de 25 preguntas tipo test sobre la Constitución y la sociedad española. Tasa: 86 €.

DELE A2 Diploma de Español como Lengua Extranjera nivel A2

Examen de competencia en español requerido para la nacionalidad por residencia. Las personas cuyo idioma oficial sea el español están exentas. Se realiza a través del Instituto Cervantes. Tasa aproximada: 124 €.

EX-10 Modelo EX-10

Formulario oficial de solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales (arraigos y regularizaciones). Disponible en la Sede Electrónica del Ministerio del Interior.

Inspección de Trabajo ITSS

Organismo dependiente del Ministerio de Trabajo que verifica el cumplimiento de la legislación laboral y de Seguridad Social. En extranjería emite actas que acreditan relaciones laborales no regularizadas; con el RD 1155/2024 el arraigo sociolaboral ya no exige el acta de la ITSS, que ha sido sustituida por la acreditación mediante contratos de trabajo.

IPREM Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples

Referencia económica usada por la Administración española para calcular los requisitos de ingresos mínimos en numerosos trámites. En 2026 el IPREM mensual ronda los 600 €. La reagrupación familiar exige acreditar el 150% del IPREM por el primer familiar (≈ 940 €/mes), más un 50% por cada familiar adicional.

Informe de arraigo Informe de inserción social

Documento emitido por los Servicios Sociales del ayuntamiento donde resides, que acredita tu integración en la comunidad. Es obligatorio para el arraigo social. Lo realiza un trabajador social tras una entrevista personal y se emite en plazos de 4 a 12 semanas según municipio.

Modelo 790 código 052

Formulario de autoliquidación de tasas de extranjería del Ministerio del Interior. Importes 2026: autorización de residencia inicial 102,58 €, TIE 16,78 €, renovación 17,72 €, prórroga de estancia ~11 €. Se rellena en la Sede Electrónica y se paga en bancos colaboradores.

NIE Número de Identificación de Extranjero

Número fiscal único y permanente asignado a cualquier extranjero con intereses en España (formato: letra + 7 dígitos + letra, ej. X1234567L). No caduca. Se solicita en Comisaría con cita previa. Una persona puede tener NIE sin residir en España (NIE provisional, para trámites puntuales).

Oficina de Extranjería

Unidad administrativa dependiente de la Subdelegación o Delegación del Gobierno en cada provincia. Tramita las autorizaciones de residencia, trabajo, arraigo, regularización, reagrupación y recursos. La Oficina de Extranjería de Córdoba está en Avenida del Mediterráneo s/n.

Padrón municipal Empadronamiento

Registro municipal de los residentes en un término municipal. Empadronarse es gratuito, obligatorio y no exige situación administrativa regular. El certificado de empadronamiento histórico (con todas las altas y bajas) es el documento clave para acreditar permanencia continuada en España en arraigos y regularizaciones.

Reagrupación familiar

Procedimiento por el que un residente legal en España trae a vivir consigo a familiares directos: cónyuge, hijos menores y, si es residente de larga duración, ascendientes mayores de 65 años. Exige acreditar el 150% del IPREM e informe de habitabilidad de la vivienda.

Recurso de alzada

Recurso administrativo contra una resolución no favorable de la Oficina de Extranjería. Plazo: 1 mes desde la notificación. Se interpone ante la Subdelegación del Gobierno. La Administración tiene 3 meses para resolver; el silencio es desestimatorio.

Recurso contencioso-administrativo

Recurso judicial contra una resolución firme de la Administración. Plazo: 2 meses desde la notificación (o 6 meses si esperaste el silencio de un recurso de alzada). Se interpone ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo y exige abogado y procurador.

Regularización Extraordinaria 2026

Procedimiento especial habilitado por el RD 316/2026 (que modificó el RD 1155/2024). Permitió solicitar autorización de residencia y trabajo entre el 16 de abril y el 30 de junio de 2026 (plazo cerrado, sin prórroga). Requisitos: entrada en España antes del 1 de enero de 2026, 5 meses de permanencia, sin antecedentes. Los expedientes presentados se resuelven en 3 meses; la subsanación documental sigue abierta hasta el 30 de septiembre de 2026.

Residencia de larga duración

Autorización de residencia permanente que se concede tras 5 años de residencia legal y continuada en España. Permite trabajar en cualquier régimen y no requiere renovación periódica de la autorización en sí, aunque la tarjeta TIE física sí debe renovarse cada 5 años. Si se extingue por una ausencia prolongada, el antiguo titular puede recuperarla.

Resolución no favorable Resuelto no favorable

Decisión administrativa formal por la que la Oficina de Extranjería deniega una solicitud (arraigo, regularización, renovación, reagrupación, nacionalidad o recurso). Es recurrible en alzada (1 mes) o vía contencioso-administrativa (2 meses).

Silencio administrativo

Efecto jurídico que se produce cuando la Administración no resuelve una solicitud o recurso en el plazo legalmente establecido. En la mayoría de procedimientos de extranjería el silencio es negativo (desestimatorio) pasados 3 meses, lo que abre la posibilidad de recurrir.

Subdelegación del Gobierno

Órgano de la Administración General del Estado en una provincia, del que dependen la Oficina de Extranjería y otros servicios. En Córdoba se encuentra en la Avenida del Mediterráneo s/n.

Tasa de extranjería

Importe que el solicitante paga al Estado por la tramitación de un expediente de extranjería. Se autoliquida mediante el Modelo 790 código 052. En 2026: 102,58 € (autorización inicial), 16,78 € (TIE), 17,72 € (renovación), ~11 € (prórroga de estancia).

TIE Tarjeta de Identidad de Extranjero

Tarjeta física que acredita que un extranjero no comunitario tiene una autorización de residencia vigente en España. Se solicita en Comisaría tras la resolución favorable del expediente, previa cita y pago de la tasa de 16,78 €. Caduca con el permiso y debe renovarse.

Traducción jurada

Traducción al español realizada por un Traductor-Intérprete Jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Es obligatoria para los documentos extranjeros aportados a un expediente de extranjería que no estén en español.

Visado

Autorización previa que se concede en el consulado del país de origen para entrar legalmente en España. No es lo mismo que un permiso de residencia: el visado solo habilita la entrada y, en su caso, una primera estancia. La residencia se materializa después en España mediante la TIE.